Preguntas frecuentes

Respuestas claras para cumplir la Ley de Movilidad Sostenible sin improvisaciones.

¿Qué empresas están obligadas a tener un Plan de Movilidad?

Según la Ley de Movilidad Sostenible, están obligadas las empresas y entidades del sector público con centros de trabajo de más de 200 trabajadores o 100 empleados por turno.

Un Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo o Plan de Transporte es un conjunto de medidas diseñadas para optimizar los desplazamientos de los trabajadores al centro de trabajo, promoviendo alternativas sostenibles y reduciendo el impacto ambiental.

Incluyen soluciones de movilidad sostenible que contemplen el impulso de la movilidad activa, el transporte colectivo, la movilidad de bajas emisiones, soluciones de movilidad tanto compartida como colaborativa, soluciones para facilitar el uso y recarga de vehículos eléctricos y el teletrabajo. Asimismo, se incluyen medidas relativas a la mejora de la seguridad vial y prevención de accidentes en los desplazamientos. Aplica tanto a los trabajadores como a visitantes y proveedores.

Los planes pueden contemplar la compensación de la huella de carbono.

El plazo establecido es de 24 meses desde la entrada en vigor de la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible, el 5 de diciembre de 2025. Es fundamental iniciar el proceso cuanto antes para asegurar el cumplimiento normativo y evitar sanciones.

Los planes tienen un horizonte temporal máximo de 6 años, y hay que hacer la revisión cada 2 años.

El incumplimiento de la Ley de Movilidad Sostenible puede resultar en sanciones económicas significativas y posibles restricciones administrativas. Además, puede afectar negativamente la imagen corporativa de tu empresa.

El incumplimiento de la obligación de disponer de los planes de movilidad sostenible al trabajo en el plazo y de hacer el seguimiento bianual sobre el nivel de implantación de las actuaciones y las medidas del plan, puede ser sancionado con multas de 101 a 2000 euros. Y hasta 6.000 euros en caso de reincidencia.

Beneficia a los trabajadores/as, ya que la mejora del transporte en el centro de trabajo incide en su calidad de vida y las condiciones de trabajo, a la vez que supone un ahorro económico. También beneficia a las empresas, porque se logra una mejora generalizada de la actividad laboral: puntualidad, menos absentismo, clima de trabajo más productivo, retención de talento… Y se convierte en un indicador de la responsabilidad social corporativa de la empresa y un elemento clave para la gestión de la movilidad en los momentos de episodios de alta contaminación ambiental.

Los beneficios incluyen reducción de costes de hasta un 43%, disminución del absentismo laboral, reducción de hasta un 64% en emisiones de CO₂.

Un Plan de Movilidad completo incluye medidas de movilidad activa (bicicleta y peatonal), integración con transporte público, opciones de teletrabajo, infraestructuras necesarias, bonificaciones de transporte y formación en seguridad vial. Se realiza en 5 fases:

1. Diagnóstico inicial

Análisis de la movilidad actual y del entorno. Incluye la caracterización de la movilidad, auditorías del entorno, entrevistas y cuestionarios a empresa, trabajadores y visitantes.

2. Evaluación y definición estratégica

Identificación de impactos y formulación del plan. Se calculan externalidades, se redacta el diagnóstico y se definen las propuestas de actuación.

3. Alineación y validación

Consenso interno y aprobación del plan. Implica la negociación con Dirección y Representación Laboral, redacción y validación del documento final con objetivos y KPI, y la tramitación oficial ante Administraciones.

4. Implementación

Puesta en marcha del plan y comunicación interna. Incluye el soporte en la implantación del plan, difusión interna y cualquier acción necesaria para activar las medidas acordadas.

5. Seguimiento y servicios complementarios

Control periódico y apoyo especializado. Contempla seguimiento bianual (años 2 y 4) y servicios adicionales como auditorías específicas, asesoramiento de infraestructuras, soluciones de aparcamiento, formación, diseño de incentivos, cálculo de huella de carbono, comunicación y gestión de subvenciones.

La empresa no tiene la obligación de realizarlos, si bien resulta muy recomendable su realización e implementación por los beneficios que conlleva.

Diferentes administraciones públicas ofrecen ayudas a las empresas en relación con los Planes: Bonificaciones en el Impuesto de Actividades Económicas, Cheques transporte para los trabajadores, ayudas anuales del IDAE. Hay que estar atentos a las convocatorias abiertas en cada caso.

Si, los Planes de Movilidad Sostenible al Trabajo deben ser negociados con la representación legal de las personas trabajadoras. Para la consideración de centro de trabajo será de aplicación la definición contenida en el artículo 1.5 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

En las empresas donde no exista representación legal, se creará una comisión negociadora constituida por representantes de la empresa y de las personas trabajadoras.

Da el siguiente paso hacia una movilidad más eficiente y sostenible

Si quieres saber cómo mejorar los desplazamientos en tu organización, estamos aquí para acompañarte. Agenda una consultoría o solicita información y te guiaremos en todo el proceso.